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SUBSIDIOS Y EXPENSAS: INSTRUCCIÓN A LOS ADMINISTRADORES

2153 lecturas
Fecha: 12 Dic 2011
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Ya se ha dicho que en una economía, sana todos los subsidios indiscriminados deben ir desapareciendo, pero cabe preguntarse qué pasará con el valor de las expensas en los edificios sometidos al régimen de la propiedad horizontal cuando se quiten los subsidios a los servicios públicos que los afectan. Es evidente que las expensas aumentarán significativamente, con consecuencias sumamente graves porque su nivel actual es ya intolerable para la mayoría de las familias de trabajadores activos y pasivos que allí habitan.

En cuanto al servicio de aguas corrientes, actualmente muchos edificios comparten una facturación común, es decir, no paga la factura cada propietario, sino el consorcio. Más allá de la eventual modificación de las mismas (de general a individual), habrá consorcios con vecinos de diversidad económica y habitacional, pero en zonas populosas, la mayoría de ellos no podrán afrontar más aumentos de expensas.

El tema reviste mayor gravedad con el suministro de electricidad, por cuanto la vida misma del edificio se sustenta en ese insumo (ascensores, luz de pasillos, bombeadores, etc.) El consorcio, por constituirse sobre un edificio compartido, gasta mucha electricidad, por lo que se hace necesario que las autoridades establezcan un criterio sumamente restringido, selectivo y gradual en la quita de dicho subsidio.

En razón de la especial naturaleza del consorcio de propietarios, se hace necesario que las autoridades inviertan el criterio de que si nada se dice, se sobreentiende que se renuncia al beneficio. Ello no obstante, se aconseja a cada administrador solicitar la permanencia de los subsidios para el consorcio que administra al momento de recibir la planilla respectiva, salvo que la asamblea de propietarios le indique lo contrario. Sin perjuicio de ello, cualquier propietario podrá solicitarle al administrador por cualquier medio escrito el cumplimiento de dicho recaudo, y esa petición se entenderá efectuada en nombre de todo el condominio.



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Quisiera saber con respecto a los subsidios. como hacer para que el edificio donde yo habito, el cual consta de 19 dptos, clase media, en Villa Urquiza,
el mismo podría no renunciar a los subsidios??? La mayoría de los que habitamos en él son gente común y varios jubilados.
Aparte pregunto si yo cobrando jubilación y pensión, ambas mínimas, puedo mantener los subsidios, ya que como se viene todo no creo que me alcanze para poder vivir normalmente, sobretodo por las expensas.
Me preocupa sobremanera esta situación.
Muchas gracias. Irma

Imagen de Irma Di Salvo
Comentario del lector
Irma Di Salvo (-)
hace 1 hora 28 min

No sólo la quita de subsidios afecta el valor de las expensas sino que aparejado a ésta, los titulares de las unidades funcionales deben también soportar el aumento de los haberes de los empleados bajo relación de dependencia y que en algunos casos no se corresponde la carga horaria con el tipo de edificio en el cual el empleado cumple con sus funciones.

Imagen de sosaf
El usuario es Exalumno
Comentario del lector
sosaf
hace 2 semanas 1 día

OTRO TANTO OCURRIRA CON LAS FACTURAS DE GAS EN AQUELLOS EDIFICIOS EN LOS QUE SE CUENTE CON CALEFACCION CENTRAL.AQUELLOS CONSORCIOS QUE HAN OPTADO POR NO PAGAR EL "COSTO DE GAS IMPORTADO" ¿QUE DEBERAN ESPERAR A LA LUZ DE LA QUITA DE SUBSIDIOS YA QUE SE PODIA OPTAR POR EL NO PAGO DE ESE ITEM SIEMPRE QUE HUBIERA UN IMPORTE SUBSIDIADO Y QUE EN LA PRACTICA ERAN CASI IGUALES? ¿HABRA QUE PAGAR LOS IMPORTES CUESTIONADOS OPORTUNAMENTE Y DEJADOS EN SUSPENSO? ADEMAS DEBE AGREGARSE QUE SE HAN AUTORIZADO AUMENTOS EN ELECTRICIDAD Y ABL.

Imagen de alcatena
El usuario es Exalumno
Comentario del lector
alcatena
hace 9 semanas 4 días

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La Dra. Rita Lidia Sessa es parte del Staff de Colaboradores de la Revista de Jubilaciones y Pensiones.

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