Sobre las Recientes Sentencias Judiciales contra Administradores por el Delito de Defraudación
Dra. Victoria Loisi
Recientemente publicamos la noticia de un administrador de Consorcios condenado a tres años de prisión por no hacer los aportes previsionales del emplado del consorcio que administraba. La noticia fue publicada en los diarios porque en verdad, una sentencia de esa naturaleza no es demasiado frecuente en nuestros Tribunales.
Pero no es el único caso, ya que en noviembre del año pasado, se procesó a una administradora por una situación similar.
Ahora bien, qué tienen en común ambos casos? Se condenó al administrador solamente por no pagar las cargas sociales?
No exactamente.
Lo más grave del asunto -para él- no ha sido no pagar las cargas, sino cobrar las expensas para pagarlas y no hacerlo. La diferencia jurídica entre ambas situaciones es enorme.
En este último caso se configura lisa y llanamente el delito de defraudación, puesto que el dinero para afrontar el gasto adeudado sí había sido recaudado.
El artículo 173 inc. 7º del Código Penal de la Nación establece que se considerará defraudación, el que “por disposición de la ley, de la autoridad, o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados…”.
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en el caso “Administración Grinceri y otro s/Procesamiento. Defraudación” interpretó que, cuando un administrador recauda el dinero para pagar un gasto y no lo hace, generando una deuda al consorcio administrado, resulta responsable criminalmente por el daño causado.
Podríamos hacer extensible el resultado arribado en este caso concreto de falta de pago de cargas sociales a otros casos en los cuales el administrador recauda el monto necesario para afrontar el gasto y el mismo no se realiza?
Probablemente sí.
Podríamos asemejar este caso al de un administrador que recauda dinero para cubrir un determinado gasto y después no lo hace, pero el dinero fue usado en beneficio del propio consorcio aunque en otro rubro?
No necesariamente, ya que, si bien se causó daño al Consorcio, para que se configure el delito debe probarse que el administrador procuró un lucro indebido para sí o para un tercero, o que puntualmente quiso ocasionar daño al Consorcio.
Ello no obsta, sin embargo, la responsabilidad civil por daños y perjuicios que pudiera eventualmente caberle en este caso al administrador.
Como vemos, obtener el procesamiento de una persona que habría cometido un delito requiere que la actividad que haya realizado, concuerde estrictamente dentro de lo que jurídicamente se denomina el tipo penal, que no es más que ajustarse estrictamente a la literalidad del texto de la ley.
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|---|---|
| Texto Completo del Fallo Grinceri s/Defraudación | 61.26 KB |
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No sabemos que hacer para solucionar las roturas de la entrada del edificio y vereda. La administración no se hace cargo a pesar de subir la expensas varias veces en un año. Muchas gracias
Tenemos la entrada con los escalones rotos y la vereda también. Hubo accidentes en personas del edificio que usan silla de ruedas,.Qué debemos hacer? Muchas gracias
seme acusa desde el 2004 por estafa al estado por cobrar un plan jefes y jefas durante el periodo de mese que ala ves tenia un contrato temporario con la municipalidad donde yo vivo el motivo es que somos 15 personas acusadas por el mismo echo lo cuales los 15 declaramos que bien nos dieron el contrato todo fuimos a dar de baja el plan y los dos encargados de el aria desian que sigamos cobrando igual asta que se cortara todos hicimos una renuncia por escrito en ese momento lo cual fue echa por una de estas dos personas yo quier si alguin me puede decir cual va hacer mi situacion el expediente esta en la camara de juzgado federal n 2 bahia blanca
como hacer para denunciar y ante quien a una administradora que actua conjuntamente con el ex presidente de consorcio y a la vez asociados con el portero y la abogada de la administracion?
1ºel portero tomo la vivienda del encargado y cobra sueldo sin vivienda.y la adminintracion dice no puede hacer nada.
2ºno hay una cuenta bancaria donde se depositan los fondos, lo hace en una cuenta particular de ella.
3ºla abogada cobra todo el tiempo honorarios que no estan declarados en ningun lado por el juicio a un muerto que aparecio en el edificio.
4ºle inventaron un juicio a una señora mayor que no debe nada,
y cuando paga sus expensas le tachan lo que le ponen demas y le dicen que no debe nada,
no hacen asambleas, no atienden el telefono, no contestan los mails.
Estimados: La consulta es la siguiente. Un viernes a la madrugada, rompieron un vidrio en la entrada de mi edificio. El administrador fue llamado varias veces a reparar el mismo y nunca lo hizo. La madrugada del domingo, por ese agujero, entraron ladrones y robaron, amedrentaron y lastimaron a varios consorcitas. Tiene responsabilidad el administrador? En base a qué?
Gracias
Observo con mucha tristeza que existen muchos administradores de propiedad horizontal que defraudan a la copropiedad, abusan de poder y se salen con las suyas por falta de normas legales que faciliten darles su merecido. En Colombia la Ley 675 es muy laxa y puedo decir con inmenso dolor que los miembros de los Consejos de Administración deseosos de figurar y ansias de poder muchas veces no alcanzan a imaginar las tretas de los administradores y en consecuencia tampoco son conscientes de su grado de responsabilidad en los actos dolosos o nó que comete un Administrador. Aquí no existe quién defienda a los propietarios de un personaje de estos.
Es bueno dar a conocer por lo menos los datos de estas personas que dañan las copropiedades para que los demás tomen atenta nota de quiénes son y no los dejen acercarse a sus condominios. El voz a voz es útil en estos casos.
Un cordial saludo,
Marual Ruiz
Hola Daniela, yo vivo en la Calle Bolivia al 3... y la administradora que tenemos es de ese barrio y de esa calle!!
Voy a estar mas atenta a lo que hace, sobre todo porque puso a hacer suplencias por pocas horas los dias domingo a una persona que dice ser su amiga y le paga casi igual que al portero permanente. Tambien voy a verificar la afip y los aportes. Por favor comunicate conmigo al mail diaz03@gmail.com y pasame los datos. Porque la que yo tengo hace lo mismo y coincide con lo que vos decis, lo unico que hace es eso. Gracias por el espacio, pero opino que esta gente deberia estar mas controlada. La nuestra se llama Nora
y vive en esa calle.
Gracias
Nuestra anterior administradora: XXXXXXXX, de la calle Carlos Calvo... Administro nuestro edificio y nunca hizo aportes a la encargada, pero si se los cobrababa al consorcio. Siempre que le preguntabamos por esto decia que la afip se atrasaba y era lenta en poner los aportes que ella depositaba; mientras tanto muy amiga se hizo de la encargada y risas van y vienen siempre se llevaban de 10....hasta que un dia se me dio por averiguar(con comprobantes de afip y art). No solo no le pagaba los aportes sino que tampoco la ART!!!! Ni siquiera ella estaba inscripta en afip sino que se dio de baja- Lo unico que hacia era aumentarle las horas extras desmedidamente a la encargada, horas que la encargada no trabajaba.
conclusion: la terminamos echando y ahora tenemos una deuda con afip, la encargada tiene terrrible odio a los propietarios y hace todo lo que no debe hacer:
-No limpia
-Se la pasa charlando en el palier
- Baja la basura choreando por las escaleras
-desaparece en horas de trabajo (se va a tomar mate a lo de su amiga que es propietaria en el edificio)
En fin, un clavo, pero lo que nunca va a lograr es que la echen, nadie le dice nada, supongo que no podemos porque perteenece a un sindicato muy poderoso. Y el edificio esta en ruinas por la mala administracion.
Saludos y cuidensen de esa estafadora.
Tengo serios problemas con los propietarios del piso de arriba de mi departamento pues no respetan los horarios de silencio entre otros el de despues de las 22:00 hrs. Despues de haberlo solicitado en forma verbal . He tratado de recurrir al SR. Administrador para que oficie de intemediario y haga cumplir el reglamento de Copropiedad y muy suelto de cascos me manda a decir que no son temas de su incumnbencia. Que debo hacer a este respecto ya que la situación es insostenible por cuanto trabajo y como es normal de noche necesito dormir por lo menos 6 horas. Atentamente
D.L.DV
Con una asamblea extraordinaria se logró remover a una administradora que incurrió en faltas de pago por años al punto de endeudar al edificio; sin embargo no hace entrega de libros ni documentación; tampoco recibe cartas documento y el departamento en el que vive no está a su nombre.
El ex encargado robó escrituras y llaves de departamentos de gente que en algún momento se las confió (por viajes , etc) y se apropió de unidades de fallecidos manteniendo pagas expensas y algunos servicios. Repartió estas viviendas entre sus familiares quienes las habitan con las persianas bajas. Aducen que les fueron legadas por los antiguos dueños.
Qué se puede hacer?
si mi administrador de mi edificio no paga las deudas y comienzan a caer al edificio los deudas y ordenes judiciales de las entidades a las que se les debe. A donde me quejo? como hago?
Tenemos una deuda con el administrador cercana a los 40.000 pesos, estamos recaudando cuotas extraordinarias para bajarla, y casi no lo hace.
Este mes entraron en la liquidación de expensas, gastos supuestamente atrasados. La empresa que contrato el administrador, acabo de descubrir que es de un pariente, o sea que ahora tenemos deuda con un pariente de él. Esto es legal, lo puede hacer?
Se deberia pedir una auditoria para confirmar que no solo no lleva los Libros a la asamblea sino que ademas no cuenta con ellos
Asimismo se debe tenre en cuenta que para que sean validas las decisiones tomadas en asamblea deben encontrarse acreditados los requisitos de convocatoria y votacion
Quedo a tu disposicion
Vivo en una torre con 120 unidades y ayer solo asistimos a la asamblea (un Lunes !!!) alrededor de 14 propietarios. Luego de mucho tiempo de no asistir iba con la esperanza de postularme con dos personas más que creí conocer como nuevos miembros del Consejo de Administración y terminar con una mala gestión administrativa. En un momento dado noté que el administrador solo llevó el Libro de Actas por lo cual le pregunté por los demás libros obligatorios. Y en actitud desafiante me pregunto: cuales libros? Respondí que si él los desconocía era evidentemente un mal administrador. Continuó con la misma pregunta y yo se los nombre. Adujo que el reglamento de copropiedad solo nombra al Libro de Actas. Invalida todo texto legal y/o recomendaciones de Abogados. Los restantes consorcistas oian pero no intervinieron para nada. El Presidente de la Asamblea asintíó y pasó rápidamente a otro tema. Que se puede hacer ante este evidente abuso de poder?
Gracias por su asesoramiento.
Enviale una carta documento intimatoria al arquitecto, para que regularize los papeles. De no ser así, iniciañle un juicio sobre voleto de comray venta.
Espero que te sirva. Denuncialo en el colegio de arquitectos y cobrale una indsemnización por día de demora en entregarte la construcción.
Me encanta está web, la descubrí hace poco y me siento como en una auténtica asamblea leyendo las opiniones. Sigan así, yo aprendo más y más con Uds. y mi adrenalina sube. A veces quisiera ser la mujer maravilla para salir por la ventana volando y que no ver al portero, ni a ningún vecino.¿Acaso a vos no te pasa lo mismo? Bye.
Si tu patio es un basurero es porque en los consorcio las ley 13512 es la ley del gallinero: el de arriba .... al de abajo!
Vendelo y cuandolo vistan limpiá bien el patio como si tuvieras los mejores vecinos. No hay otra! Saludos y agradecé a tu abogado por la sinceridad.
Vivo en un hermoso PH con un lindo patio donde juega mi hijo de 1 año. Mas alla de mirarlo para que no se lastime o rompa las plantas, tengo que cuidar que no agarre las colollas de cigarrillo, papeles de chocolate y demas cosas que tiran los mugrientos del edificio de contiguo. Hable con la administradora del edificio y nada.
A que tengo que recurrir? A una bomba cuando mi bebe le pase algo? y No hay solucion. Un abogado me dijo que es caso perdido ya que las pruebas que puedo juntar las pude haber puesto yo... Todo el esfuerzo que hicimos con mi señora para compar esa casa fue totalmente al pedo ya que no podemos usar el patio
Gracias
Estimada: A los administradores no le van a sacar ninguna matrícula porque esa matrícula es una pantalla. No existe la ley aprobada.: falta reglamentar buena parte de ella, por esto "no es ley vigente" en consecuencia inaplicable. A Ud. le hace falta un profesional con estrategia. A su administrador hay que denunciarlo penalmente y urgente por RETENCION INDEBIDA, ESTAFA Y ADMINISTRACIÓN FRAUDELNTA. Suerte y saludos.
compre un deoartamento e construccion , en marzo debia estar listo, el administrador le ha mandado varias carta documento al ingeniero q esta haciendolo para que termine con los tramites de nscripcion para poder escriturar y no las contesta...que se puede hacer? al administrador le cabe alguna responsabilidad? por favor necesito que medespejen las dudas
muchas gracias gabriela
Estimada Beatríz. Si Ud. necesita un abogado, vaya hasta Av. Corrientes 1515 y allí se encontrará con 70.000 abogados que la pueden ayudar .... a perder su propiedad, perdón a despejar la deuda.
A una administradora que ha cumplido tareas en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (mandato Ibarra -Telerman) y hoy en día está en alguna repartición del Gobierno de la Nación.
La misma siempre se jactó de "las influencias que ella tiene en el GCBA, a los fines de arreglar" y que los consorcistas no la molesten.
Queridos vecinos, estoy pasando por el momento muy desagradable con el consorcio del edificio donde vivo y necesito urgente si alguien me puede ayudar con un abogado de consorcios, soy de la zona de Mataderos.-
Gracias a todos por su ayuda.
Beatriz
eL ADMINISTRADOR RENUNCIO EL 29/11/2006, CON EL MISMO ACORDAMOS POR ESTE MOTIVO, UNA REUNION DE CONSORCIO PARA EL DIA 26/11/2006; CONCURRIMO TODOS A LA REUNION DEL 26(EL EDIFICIO TIENE 5 PISOS CON 2 DEPARTAMENTOS POR PISO, Y 2 LOCALES EN PLANTA BAJA) EL NO HIZO ACTO DE PRESENCIA, NOS ENTERAMOS QUE SE HABIA IDO A ESPAÑA.
EN EL MES DE FEBRERO NO TENIENDO NOTICIAS DE EL, LE ENVIAMOS UNA CARTA DOCUMENTO, INVITANDOLO CON PLAZO ABIERTO DE HORAS Y DIAS A QUE ENTREGARA LOS LIBROS DE LA ADMINISTRACION Y EL ACTIVO, (LO DE 8 AÑOS DE SU ADMINITRACION) EN UNA ESCRIBANIA DE A 2 CUADRAS DE SU OFICINA; LUEGO DE HABLAR CON LA ESCRIBANIA POR TELEFONO Y HABLAR PERSONALMENTE CON EL NUEVO ADMINISTRADOR, NUNCA NOS ENTREGO NADA ANTE ESTA ACTITUD LE ENVIAMOS OTRA CARTA DOCUMENTO DONDE LE INDICABAMOS DIA Y HORA QUE NOS HARIAMOS PRESENTES PARA RETIRAR TODA LA DOCUMENTACION YA MENCIONADA; PARA ESTO YA ESTABAMOS EN EL MES DE MARZO DEL 2007, RESPONDIO RECHAZANDO LAS 2 CARTAS DOCUMENTOS NUETRAS, Y DIJO QUE UNICAMENTE HARIA ENTREGA DE LOS LIBROS ANTE ACTA DE ESCRIBANO; EN EL DIA DE LA FECHA CONCLUIMOS CON LA REUNION ANTE EL ESCRIBANO, DESIGNAMOS EL NUEVO ADMINITRADOR, EL NUEVO CONSEJO DE ADMINITRACION Y YA TENEMOS EL ACTA PARA RETIRAR LA DOCUMENTACION PERTINENTE; MI PREGUNTA DOCTOR ES QUE MEDIDA PODEMOS TOMAR ANTE LO ARBITRARIO DE ESTE ADMINISTRADOR? QUE NOTA PODEMOS FIRMAR PORQUE LA DOCUMENTACION QUE NOS VA A ENTREGAR ES MUCHA? Y SOMOS NEOFITOS EN LA MATERIA, A`PESAR QUE UNA DE LAS PERSONAS QUE FORMA EL NUEVO CONSEJO DE ADMINITRACION ES CONTADORA, Y LE AGRADECERIA MUCHO PUEDA ORIENTARME PORQUE A POCO DE VER ESTE HOMBRE NOS ESTAFO ECONOMICAMENTE Y LO ULTIMO QUE HIZO FUE SACARNOS DINERO PARA LA HABILITACION DEL ASCENSOR DEL EDIFICIO, QUE LO HIZO DESPUES DE 8 AÑOS RECIEN AHORA, PAGAMOS POR EXPENSAS LA HABILITACION NO HAY NADA PAGO EN MUNICIPALIDAD Y NOS QUIEREN CLAUSURAR EL ASCENSOR.
LE AGRADECERE EL PODER DARME UNA RESPUESTA ORIENTANDOME, GRACIAS POR SU TIEMPO Y ESTE ESPACIO.
ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CON EL SR KARCHER , ESTOY CANSADA DE HACER RECLAMOS POR LA MALA ADMINISTRACION DE MI CONSORCIO , ME MANDAN DE UN LADO AL OTRO Y NADIE RESUELVE NADA, ENVIE UNA DENUNCIA AL REGISTRO DE ADMINISTRADORES Y ME RESPONDIERON QUE PIDA UNA MEDIACION EN EL CGP DE LA ZONA , ENVIE UN MAIL A DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ME RESPONDIERON QUE LLAME AL REGISTRO DE ADMINISTRADORES , NO ENTIENDO COMO NO SE LE PUEDE QUITAR LA MATRICULA , SI UNO CONTRATA UN ARQUITECTO PARA CONSTRUIR UNA CASA Y SE DERRUMBA A ESE ARQUITECTO SE LE QUITA LA MATRICULA , SIN EMBARGO EN ESTE CASO NO PASA LO MISMO , ESTA ADMINISTRACION CUENTA CON 4 CAUSAS PENALES
LE ENVIAMOS UN AUDITOR Y EL INFORME NOS CONFIRMO LAS SOSPECHAS , CARGAS SOCIALES ABONADAS FUERA DE TERMINO , IRREGULARIDADES EN EL PAGO A PROVEEDORES , EL FONDO DE RESERVA EN DEFICIT , AHORA LE DEBEMOS UNA SUMA IMPORTANTE A LA ADMINISTRACION ,NO COMUNICO MEDIANTE ASAMBLEA QUE NOS IBAMOS A QUEDAR SIN FONDOS , NO CONTESTAN LAS CARTAS DOCUMENTOS ENVIADAS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACION POR LO VISTO LES CONVIENE QUE SIGAMOS ENDEUDADAS CON ELLAS
POR FAVOR QUE SE PUEDE HACER ?
GRACIAS
No se publican los fallos en contra de los administradores fraudulentos, por cuanto son muy pocos los fallos en su contra, lamentablemente todo está en contra de los consorcistas y en favor de los adminisradores que no cumplen con sus funciones. Tanto la Cámara de la Propiedad Horizontal que los agrupa, como el órgano municipal que debiera controlarlos, sólo está para beneficiarlos. Así los administradores pueden defraudar al consorcio reteniendo las expensas en su beneficio o en cosas inconfesables,no pagando las retenciones y contribuciones de los empleados del consorcio y otros servicios, generando una deuda importante al consosrcio, que éste deberá soportar pacientemente,como puede no convocar a asamblea, o confeccionar el acta de asamblea 7 meses después de realizada la misma, con la mayor impunidad,puede desconocer fallos de la justicia impunemente,y así seguiría la nómina, sin que los organismos citados y otros similares hagan algo en beneficio del consorcio. El gobierno de la Ciudad le renueva tranquilamente la matrícula, sin investigar nada de lo que se le denuncia, la Cámara, no recibe la denuncia si no emana de uan aamblea (convocada por el administrador) donde se resuelva denunciar al administrador, etc. La impunidad más completa.
Robar, fraguar, estafar, adulterar, defraudar... "penalizar".
Estas palabras parecieran ser simples objetos decorativos dentro de la legislación argentina. Si un administrador de consorcios "asume" que ha adulterado facturas, y se le ha comprobado fehacientemente la sumatoria de delitos menores dentro de un delito mayor, ¿por qué se lo "premia" con una sentencia ficticia como lo es la de "prisión en suspenso"? ¿No sería más ético quitarle la matrícula como se hace con un conductor ebrio que atropella a alguien y se da a la fuga? ¿O acaso eso también es otra puesta en escena con patrimonio propio y sólo es "real" en las ficciones norteamericanas salidas de Hollywood?
¿Por qué en la página del Gobierno de Ciudad de Buenos Aires, en la sección de Administradores matriculados no aparece ningún índice de sentencias promulgadas contra administradores que han ejercido su función de manera deshonesta al punto de dañar a los administrados y ser enjuiciados por dichas prácticas dolosas?
¿Por qué no existe una lista actualizada abierta al ciudadano común sobre los consorcios que cada administrador tiene a su cargo de modo que ese ciudadano común pueda hacer un seguimiento transparente y de ello un confronte habitual y cotidiano? Y si la existe, ¿dónde está?
La estabilidad de las instituciones se sostiene sobre la “credibilidad” de los ciudadanos respecto a la correcta administración de justicia. Pero eso pareciera ser un simple cuento de manuales de escuela primaria en donde los buenos son buenos y los malos son malos y nunca obtienen el beneficio de los derechos humanos. Aquí, de este otro lado de los manuales, la cosa pareciera ser al revés: la víctima no obtiene el mismo beneficio por su condición de tal con respecto a derechos humanos como lo obtiene el victimario.
Una sociedad montada con esa falacia de derecho sólo crea el “derecho de falacia”, mediante lo cual lo justo puede darse por injusto y viceversa. Algo similar a lo que planteaba George Orwell en su legendaria novela “1984” que todo el mundo debiera leer antes de salir a la calle para entender la lógica del Reino del Revés y no aceptarla de hecho o morir o enloquecer a cambio.
El administrador no puede dejar de liquidar y pagar las cargas a la Seguridad Social, es responsabilidad de toda persona fisica y/o Juridica cumplir con ese tributo desde el momento en que se ocupa personal. El administrador por tanto no tiene facultades para eximir al consorcio de ese pago, es su actitud un acto de negligencia y falto de responsabilidad. No puede dejar de cumplir, aun cuando no recaude el 100% de las expensas, su primer obligación es pagar los sueldos y las cargas sociales.
Teresa
He notado que en muchos casos los consorcistas es como que se resisten a iniciar acciones penales, ya sea por el costo profesional o quizás por los resultados nulos de los juicios.
¿Puede la Liga de Consorcista proveer ayuda profesional?
EL CONSORCIO ESTA DEBIENDO LOS APORTES Y RETENCIONES DESDE EL MES DE JULIO/06.
EL ADMINISTRADOR CARGO EN LAS EXPENSAS SOLO EL NETO DE LOS SUELDOS.
NO COBRO NI LAS RETENCIONES ...NI LOS APORTES..
POR LO CUAL NO HIZO EL DEPOSITO NI DE LAS RETENCIONES NI DE LOS APORTES, OB.SOCIAL Y ART.
QUIEN ES EL RESPONSABLE.....??????
EL ADMINISTRADOR, QUE NO CUMPLIO CON EL MANDATO, O LOS CONSORCISTAS...????????
PAULA CHIOZZA 4801 5794
Lamentablemente si el administrador no tienen nada (a su nombre), o sea se hizo insolvente, no van a poder obtener nada, salvo una condena penal, pero es el consorcio el que va a tener que terminar pagando los platos rotos.
Acá en Argentina (a diferencia de otros países) no le pasa nada al insolvente. En algunos casos, si se prueba que se hizo insolvente a propósito, sí, pero sino, y salvo que haya cometido algún otro delito que lo encarcele, no le pasa nada.
El anterior administrador malverso fondos (se desprende de una auditoria contable encargada por el Consorcio)El dinero era manejado por el Presidente del COnsorcio, y el administrador cobraba expensas en su oficina no haciendo los depositos,dejo debiendo cargas sociales, servicios, nos genero juicios por no pagar , etc.
Los vecinos no quieren hacer la denuncia penal, porque dicen que no se va a obtener nada
Pregunto: ¿el resultado de la denuncia penal es la prision como en este caso? o tambien se ve obligado a pagar al Consorcio?.
¿que sucede si el administrador no posee bienes a su nombre?
Gracias
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