Por decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1382/01 (BO 2-11-01) se creó el Sistema Integrado de Protección a la Familia, con alcance nacional y obligatorio y que cubrirá las contingencias de infancia y vejez. Es para mayores de 18 años que residan en forma permanente en el país. Si son extranjeros la residencia deberán acreditarla con DNI argentino.
Otorgará las siguientes prestaciones, sujetas a varios requisitos:
1. Por niño (en su caso, $30 por mes).
2. Por niño con discapacidad (en su caso, $30 por mes).
3. Por maternidad (la remuneración mensual que le correspondiere)
4. Por educacion EGB3 polimodal o media (en su caso, $400 por año).
5. Por escolaridad (provisión de Utiles y libros).
6. Básica para la tercera edad (en su caso, $100 por mes).
7. Por cónyuge de beneficiario del sistema integrado de jubilaciones y pensiones. (en su caso, $15 por mes).
Para la prestación por maternidad se requiere estar en el período de licencia por maternidad previsto en la legislación laboral y tener una antigüedad mínima y continuada en el empleao de 3 (tres) meses.
El financiamiento de estas prestaciones se hará - entre otros rubros -con una contribución de los empleadores del 7,5% de las remuneraciones imponibles y con idéntico porcentual para los responsables de las obligaciones dinerarias derivadas de la ley 24557 de Riesgos del Trabajo.
Enlaces:
[1] http://www.ligadelconsorcista.org/