Los sindicatos están para la defensa de los trabajadores del sector agremiado. Eso no puede ser discutido ni soslayado por nadie.
No obstante, el poderoso gremio de encargados deja de lado a algunos trabajadores de pocos ingresos que, aunque cotizan el aporte personal como la normativa exige, no reciben contraprestación alguna.
Los reclamos del trabajador al que injustamente se le niegan prestaciones, se contestan con el silencio, como parece ser el estilo imperante.
Si no corresponden las prestaciones, las cotizaciones ¿serían un enriquecimiento sin causa para el gremio? ¿debiera el sindicato reintegrarlas al trabajador?
REITERO : NO ME REFIERO A LAS CONTRIBUCIONES PATRONALES SINO AL APORTE DEL TRABAJADOR, QUE SE DESCUENTA DE SU SALARIO .
Ha llegado a mi conocimiento el caso de una trabajadora jornalizada (no más de 18 horas) a la que se le abonan sus haberes en forma mensual descontándole el porcentual correspondiente de cuota sindical, de la Caja Protección Familiar y también el correspondiente a los seguros de Fateryh.
El consorcio asimismo efectúa las debidas contribuciones patronales.
No obstante, cumplidos todos los requisitos que se le exigen, incluyendo un formulario sindical con la firma del administrador del consorcio autenticada ante Banco, la trabajadora no logra su afiliación.
Cuál es la razón verdadera ???
Quién responde???
Por qué???
