Resolución General 2292 Administración Federal de Ingresos Públicos. OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL - Procedimiento. Régimen especial de presentación de declaraciones juradas mediante transferencia electrónica de datos. Resolución General Nº 1345, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 1345, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:
- Sustitúyese el Artículo 3º, por el siguiente:
“ARTICULO 3º — Los contribuyentes y/o responsables incorporados al régimen, a los fines de efectuar la presentación de declaraciones juradas mediante transferencia electrónica de datos a través de la página “web” de este Organismo (http://www.afip.gov.ar), deberán solicitar con carácter previo la “Clave Fiscal”, conforme al procedimiento previsto en la Resolución General Nº 2239.
Quedan exceptuados de dicha exigencia aquellos que opten por los sistemas de presentación con intervención de entidades homologadas (3.1.).”.
Art. 2º — Déjanse sin efecto los Artículos 4º, 5º, 8º y 9º y el Anexo II de la Resolución General Nº 1345, sus modificatorias y complementarias.
Art. 3º — Las disposiciones que se establecen por la presente resolución general resultarán de aplicación a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Art. 4º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Alberto R. Abad.
Enlaces:
[1] http://www.ligadelconsorcista.org/