Publicado en Liga del Consorcista (http://www.ligadelconsorcista.org)
Insólita Actitud del Suterh (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal)


Escribe Dra. Rita Sessa

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Fecha: 10 Jun 2007

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Acrílico de Magda Wieclawska: "Intolerancia, Ignorancia, Indiferencia" es el título del cuadro.Acrílico de Magda Wieclawska: "Intolerancia, Ignorancia, Indiferencia" es el título del cuadro.

Es de público conocimiento y sin necesidad de mayores comentarios que este sindicato es políticamente poderoso. Indudablemente debe atender los intereses de los trabajadores, tal y como es su función.


No obstante, sus máximos dirigentes ignoran, olvidan o no les importa, que – además - deben respeto y atención a los propietarios, quienes pagan con sus expensas los sueldos del personal de edificios y correlativamente, con las mismas, ingresan sumas de dinero a las arcas gremiales.


Esto viene a colación por la pertinaz negativa del SUTERH a informar a los propietarios si están pagas las contribuciones patronales del personal del edificio. Alegan que esa información es “privada y personal” y sólo la dan al trabajador.


No estamos hablando aquí de información sensible conforme la ley de habeas data Nº 25326, la cual expresamente considera dato sensible a la afiliación sindical, el cual no puede ser proporcionado.
Es decir, no estamos hablando de la afiliación del trabajador, sino del ingreso de la contribución del edificio a las arcas gremiales. O sea, se trata del derecho a informarse si el Consorcio está o no en mora.


Este dinero debe ser abonado al ente gremial, sea o no afiliado al mismo el trabajador del consorcio (conforme ley 14250 -t.o. Dcto. Nº 1135/2004- que estatuye que los convenios colectivos alcanzarán a todos los comprendidos en sus particulares ámbitos y sin perjuicio de que los trabajadores y los empleadores, invistan o no el carácter de afiliados a las respectivas asociaciones signatarias).


Entonces me pregunto, ¿cuál es la razón para negar información a un propietario? ¿Cómo juega esta negativa frente al texto de la Resolución Nº 426/2007 [3] de la Secretaría de Trabajo donde se promete abrir canales de diálogo con los propietarios? ¿Cómo se explica negarle el derecho a saber el monto de una deuda que luego tendrá que pagar indefectiblemente con intereses, altos honorarios de abogados gremiales - que incluyen IVA - y exponerse eventualmente a un juicio de apremio, que obliga a mayores costos aún?


REPETIMOS UNA VEZ MAS: EL CONSORCIO DE COPROPIETARIOS NO ES UNA EMPRESA, NO TIENE GANANCIAS, PERO ES SIEMPRE SOLVENTE, SIENDO SU ETERNA SOLVENCIA EL PATRIMONIO PERSONAL DE LOS PROPIETARIOS.


No resulta entonces razonable negarle a la gente el derecho de saber lo que debe.





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