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Expensas: Ahorrar en el Rubro “SEGURIDAD”


Escribe Dr. Osvaldo Loisi

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Fecha: 29 Oct 2006
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A partir del 1º de septiembre último entró a regir el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo firmado por la Cámara con la Unión del Personal de Seguridad de la República Argentina (UPSRA), que incrementa el salario de los trabajadores del sector, en un 43%. [...]

No obstante, los Consorcios deben saber que se presenta la posibilidad de efectuar un ahorro sustancial en ese rubro, el cual, además de ofrecer una sensible diferencia de precio, brinda varias ventajas bastante interesantes.



Habiendo hecho una consulta en la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad Privada C.A.E.S.I., pudimos constatar que el precio promedio de los servicios de un vigilador privado sin armas era, hasta el 31 de agosto de 2006, de 13 pesos por hora, incluído el IVA. Ese es el precio que pagan actualmente los Consorcios adheridos al sistema.


Pero a partir del 1º de septiembre último entró a regir el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo firmado por la mencionada Cámara con la Unión del Personal de Seguridad de la República Argentina (UPSRA), que incrementa el salario de los trabajadores del sector, en un 43%.


No obstante, los Consorcios deben saber que se presenta la posibilidad de efectuar un ahorro sustancial en ese rubro, el cual, además de ofrecer una sensible diferencia de precio, brinda varias ventajas bastante interesantes. Se trata de la contratación de personal policial bajo el régimen llamado de “Policía Adicional”.

Las características son las siguientes:

El servicio de vigilancia es prestado por personal de la Policía Federal Argentina, uniformado y armado y su costo asciende a la suma de 7.75 pesos la hora, no estando sujeto a IVA. (En realidad, se contrata por módulos de cuatro horas al precio de 31 pesos cada uno), siendo el mismo precio para días hábiles e inhábiles, turnos diurnos o nocturnos y los pagos se efectúan, previa facturación, en cualquier sucursal del Banco Nación).


Otra ventaja importante es que el Consorcio se ve liberado de la responsabilidad que siempre tiene, en forma solidaria, por los reclamos que puede hacer ese personal en caso de despido o accidentes, porque en esos supuestos, siempre pagará el Estado.


Además, existe la posibilidad de que dos o más Consorcios linderos compartan un mismo servicio. Se puede incluso comprar una garita y colocarla en la vereda. No existen problemas municipales al respecto.


Y finalmente, se nos ha hecho notar que los precios continúan fijos durante todo el año calendario. Quiere esto decir que los posibles aumentos siempre se verifican a primero de año.


Si los consorcistas deciden adoptar esta modalidad, el Administrador deberá solicitar el servicio a la División Gestión Administrativa de la Superintendencia de Administración de la Policía Federal Argentina, sita en Rivadavia 1330, Piso 3ro., Capital Federal.


La nota deberá contener:


1. Nombre del Consorcio según consta en el Reglamento de Copropiedad y Administración, domicilio y teléfono del Administrador.
2. Especificación del lugar donde se requiere la prestación.
3. Días y horas a implementar.
4. Cantidad de efectivos necesarios.
5. Finalidad.


La nota deberá ser acompañada por:


a. Copia de acta de asamblea de designación del Administrador
b. Cuit del Consorcio y del Administrador
c. DNI del administrador.


TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBE SER PRESENTADA EN ORIGINAL Y COPIA.


ANTE CUALQUIER DUDA, CONSULTAR A LA DIVISIÓN GESTIÓN ADMINISTRATIVA, 4370-5925 / 5981/5976.

ATENCIÓN:



SE NOS HA INFORMADO QUE ANTE LA GRAN DEMANDA QUE EN ESTOS MOMENTOS SE ESTÁ VERIFICANDO, LA ENTIDAD POLICIAL NO PUEDE GARANTIZAR LA CONTRATACIÓN A TODOS LOS CONSORCIOS QUE LO SOLICITEN, ESTANDO SUPEDITADA A UN RIGUROSO ORDEN DE PRESENTACIONES





Comentarios
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Expensas: Ahorrar en el Rubro “SEGURIDAD”??

No corresponde al gobierno darnos seguridad en contraprestacion por el pago de nuestros impuestos?? me parece absurdo que le paguemos extra a la policia para que nos proteja, esto apunta a que el que paga extra tiene proteccion el que no se embroma. proximamente le que pague extra en la escuela tendra mejor educacion y lo mismo para la salud, ahora bien si aceptamos esto que se eliminen los impuestos con ello desaparesca la funcion del estado y que cada uno se las arregle.
Me parece terrible institucionalizar ciertos usos y aceptarlos como logicos

Liga del Consorcista RESPONDE

Lo que dices es verdad, Marcelo, y lo compartimos.

Claro que en un plano teórico.

En el práctico, es decir, el de la realidad de la gente que paga elevadísimas sumas por un servicio de seguridad privada, lo que ofrece la policía Federal, notoriamente más barato, no deja de ser una opción interesante.

Hay muchas cuestiones que vistas desde un punto de vista ideal requieren una solución y desde un punto de vista real, otra. Es que en verdad, son planteos diferentes. Una cosa es juzgar el sistema y otra proveer soluciones aquí y ahora.

Cordialmente,
Dr. Osvaldo Loisi

Policia Adicional

Pertenezco a un consorcio que hace un par de años contrató al POLAD (Policía adicional). Pertenecemos a la localidad de Martínez, y el servicio lo presta la comisaría del partido que nos corresponde pero noto diferencia en el valor según se menciona en el artículo. Nosotros pagamos $12.- la hora y en realidad ahora estoy en dudas si los valores son distintos para capital y provincia
Graciela

Claro, porque los valores

Claro, porque los valores que dimos corrresponden a la Policía Federal. Supongo que las Policías Provinciales deben tener cada una de ellas su propio arancel.
Cordialmente,
Dr. Osvaldo Loisi

seguridad vs expensas

cual es la situación legal de aquellos propietarios que en un consorcio de propiedad horizontal no quieran continuar con el pago de la seguridad debido al aumento excesivo de estas, habiendo otros que por sus ingresos no le afectan dichos aumentos, siendo que estos serían mayoria. Se puede imponer el pago de un servicio de esta naturaleza al punto de afectar los ingresos de otros?

seguridad vs expensas (2)

Lo que decís es súper justo, ya que por algunos pocos que tienen conqué, todo el resto tiene que afrontar gastos que no está en condiciones de pagar.
Sobre todo en los consorcios menos pudientes, porque en las torres de lujo lo entiendo.
Lo malo es que la Asamblea decide por mayoría y eso es santa palabra. Salvo que el precio sea exhorbitante, en el sentido de fuera del valor de mercado.
Slds,
Andrea

seguridad vs expensas (2)

Lo que decís es súper justo, ya que por algunos pocos que tienen conqué, todo el resto tiene que afrontar gastos que no está en condiciones de pagar.
Sobre todo en los consorcios menos pudientes, porque en las torres de lujo lo entiendo.
Lo malo es que la Asamblea decide por mayoría y eso es santa palabra. Salvo que el precio sea exhorbitante, en el sentido de fuera del valor de mercado.
Slds,
Andrea

IVA

Soy nuevo como consorcista.
Mi consulta: el Consorcio es un ente que deba inscribirse y pagar IVA? qué pasa con los servicios y materiales que compra? No está pagando un sobreprecio porque no tiene como trasladar ese impuesto?
Muchas gracias,

Daniel

Pago del IVA

Estimado Sr. Jorge del Prado:
Muy amable por su aclaración.
Muy agradecido.

consulta sobre seguridad

¿Cómo es la forma correcta de liquidar la seguridad contratada para un edificio? ¿Por porcentual o por partes iguales ya que que cuida a todos por igual?
Agradeceré una pronta respuesta.
Atentamente.
María Rosa Corrales

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