Resolución 876/2006 Medidas para fortalecer la empleabilidad de los trabajadores del servicio doméstico
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
PROMOCION DEL EMPLEO: Medidas integrales tendientes a fortalecer la empleabilidad de los trabajadores del servicio doméstico, incluidos en el Seguro de Capacitación y Empleo y que coticen al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
457 lecturas
Versión para imprimir
Publicado en B.O. el 15-sep-2006
VISTO el Expediente del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.169.937/06, las Leyes Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Nº 24.013 y sus modificatorias, Nº 25.239, Nº 26.063, el Decreto Nº 1506 del 28 de octubre de 2004 y Nº 336 del 23 de marzo de 2006, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 256 del 23 de octubre de 2003, Nº 45 del 16 de enero de 2006 y Nº 502 del 19 de mayo de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.013, en su artículo 3º, establece que las acciones de servicios de empleo, de promoción y defensa del empleo, de protección a trabajadores desempleados, de formación y orientación profesional para el empleo se encuentran comprendidas en la política de empleo.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.013 tiene la responsabilidad de establecer programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores que presenten mayores dificultades de inserción laboral o se encuentren insertos en empleos de baja calidad.
Que, en este marco, es necesario formular e implementar medidas integrales tendientes a fortalecer la empleabilidad de las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, promoviendo su profesionalización, como así también su acceso a nuevas oportunidades de inserción laboral.
Que el Decreto Nº 336 del 23 de marzo de 2006 instituyó el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, de base no contributiva, cuyo objetivo central es brindar apoyo a los trabajadores y trabajadoras desocupados en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en su inserción en empleos de calidad.
Que, la institución del citado Seguro, profundiza la línea de acción fijada en el Decreto Nº 1506 del 28 de octubre de 2004 a fin de asegurar a la población beneficiaria el acceso a políticas de protección frente al desempleo y promoción del empleo tendientes a lograr su inserción laboral.
Que el artículo 10 del Decreto Nº 336/06 establece que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL es la Autoridad de Aplicación del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, teniendo a su cargo la fijación de los criterios y procedimientos respecto de la extensión de su cobertura.
Que el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO cuenta con una población mayoritariamente femenina, cuyas trayectorias laborales muestran que una importante proporción de ellas se han desempeñado como empleadas del servicio doméstico y que las historias laborales registradas indican que los empleos a los que aspiran ponen en juego competencias similares.
Que el Gobierno Nacional impulsa la adopción de medidas para la regularización, profesionalización y formalización de la actividad del servicio doméstico, entre las cuales se destaca el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, regulado por las Leyes Nº 25.239 y 26.063.
Que estas medidas tienen en cuenta los altos niveles de informalidad existentes en relación de empleo de servicio doméstico constituyen un aliciente para que ambas partes de dicha relación adecuen la misma régimen legal vigente.
Que el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico se encuentra regulado por una legislación específica que atiende las notas peculiares que distinguen al servicio doméstico de la relación de empleo regulada por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de cuyo ámbito de aplicación se encuentra excluida conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la citada Ley.
Que, en tal sentido, las previsiones del SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO, establecidas respecto del empleo privado deben adecuarse a las especiales características del servicio doméstico, ampliando el tiempo de cobertura de las prestaciones a otorgar a estas trabajadoras y trabajadores.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t. o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, por la Ley Nº 24.013 el Decreto Nº 336 del 23 de marzo de 2006.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — La presente Resolución forma parte de la formulación e implementación de medidas integrales tendientes a fortalecer la empleabilidad de las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, mediante su capacitación para un desempeño laboral amplio, promoviendo la registración laboral, la profesionalización y jerarquización de este oficio, dotando a los mismos de las competencias necesarias para afrontar las nuevas condiciones del mercado de trabajo y acceder a nuevas oportunidades de inserción laboral.
Art. 2º — Establécese que las personas incluidas en el SEGURO DE CAPACITACION Y EMPLEO y que coticen al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, seguirán percibiendo la prestación dineraria prevista en el artículo 3º del Decreto Nº 336/ 06 hasta un máximo de DOCE (12) períodos mensuales, continuos o discontinuos, o hasta el cumplimiento del plazo máximo de permanencia en el Seguro, siempre y cuando cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el citado Decreto y sin que ello implique una disminución de la retribución pactada con su dador de trabajo.
Art. 3º — Facúltase a la SECRETARIA DE TRABAJO y a la SECRETARIA DE EMPLEO, en el ámbito de sus respectivas competencias, a dictar las normas complementarias y de aplicación que fueran necesarias para el efectivo cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Carlos A. Tomada.
Ver Listado Completo
-
Solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad ahora también por Internet - Res. 874/2008 ANSES
hace 1 semana 6 horas en Legislación Nacional -
Se crea el Organismo del Registro Público de Comercio y contralor de Personas Jurídicas de la C.A.B.A. - Ley 2.875
hace 1 semana 8 horas en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Creación de la Oficina de Violencia Doméstica dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
hace 1 semana 8 horas en Novedades -
Requisitos para Continuar Utilizando los Formularios Manuales Aprobados por la ANSES - Res. 84/2008 ANSES
hace 1 semana 9 horas en Legislación Nacional -
Proceso Informático Automatizado de Verificación (PIAV) - Res. 1190/2008 Secretaría de Trabajo
hace 1 semana 5 días en Legislación Nacional -
Rejillas de ventilación permanente para instalaciones internas de gas - Res. 474/2008 ENARGAS
hace 1 semana 5 días en Legislación Nacional -
Registro Voluntario de Simples Asociaciones - Res. Gral 4/2008 IGJ
hace 1 semana 5 días en Legislación Nacional -
Programa Nacional de Lucha contra la Impunidad
hace 1 semana 5 días en Legislación Nacional -
Registro de Técnicos Instaladores de Sistemas de Vigilancia, Monitoreo y Alarma - Ley 2854
hace 2 semanas 4 días en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Nacional - Decreto 1716/2008
hace 2 semanas 5 días en Legislación Nacional
Ver Listado Completo
-
ALERTA CONSORCISTAS!!
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 6 horas 19 min -
El Derecho cerca del Segundo Centenario de la Gesta de Mayo
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 2 semanas 6 días -
Cómo Obtener el Reglamento de Copropiedad y Administración
Escribe Redacción hace 3 semanas 1 día -
Los Bancos al Desnudo
Escribe Redacción hace 6 semanas 5 días -
La Invasión de las Antenas en los Centros Urbanos
Escribe Redacción hace 8 semanas 2 días -
El Encargado hace un Planteo Laboral
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 10 semanas 4 días -
CAZAR EN EL ZOOLÓGICO
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 12 semanas 5 días -
Nuevo Espacio de Participación: Encuestas Abiertas
Escribe Dra. Victoria Loisi hace 12 semanas 5 días -
DOS MODELOS DE PAÍS
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 18 semanas 4 días -
EL SUTERH: LA ILEGALIDAD Y LAS MENTIRAS
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 25 semanas 5 días
Clasificados Gratuitos y Bolsa de Trabajo Más Información |
Sobre Nosotros
Quiénes Somos
Actividades Realizadas
Servicios
Descargar nuestro Proyecto de Reformas a la Ley 13.512
Preguntas Frecuentes
Comentarios o Sugerencias?
Reportar Errores, Inexactitudes o Incumplimentos a la Normativa publicada en la página
Actividades
Cursos Intensivos con Salida Laboral.
Cursos Presenciales
Cursos On Line
Información
Legislación
Artículos
Archivo de Noticias
Búsqueda por Temas
Directorio
Telefónica Gratuita
de 9 a 11 hs
Atención Personal
de 11 a 20 hs
(solicitar entrevista)
4811-9836
4816-5111
De Lunes a Viernes
Para todo el País
Accesos Directos
Links hacia la legislación consultada con mayor frecuencia
Legislación Nacional
Ley 13.512 de Propiedad Horizontal
Decreto 18734/49 Reglamentario Ley de P.H.
Convenio Colectivo de encargados
Escalas Salariales
Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
Decreto Reglamentario del Estatuto
Ley de Prehorizontalidad
Convenio Colectivo del Personal de Seguridad
Legislación de la Ciudad de Buenos Aires
Ley 257 de Mantenimiento de Balcones y Frentes
Ley 941 de Registro Público de Administradores
Reglamentación de la Ley de Registro de Administradores
Cronograma presentación DDJJ
Código de Edificación de la Ciudad
Provincia Buenos Aires
Compilado Countries y Barrios Cerrados
Ley 12.297 de Seguridad Privada
Estadísticas
Actualmente hay 157 artículos, 700 normas, 107 noticiasEn total 994 textos publicados.
Hay 2342 comentarios de nuestros lectores.
Montevideo 764 piso 11 º - Ciudad de Buenos Aires
(54-011) 4811-9836 / (54-011) 4816-5111




Comentarios de los Lectores