Res. 2/206: Salario Mínimo Vital y Móvil
Fíjase el Salario Mínimo, Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador.
602 lecturas
Versión para imprimir
Publicada en BO el 31-7-06
Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil
Resolución 2/2006
VISTO el Expediente Nº 1.095.096/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias, los artículos 25 a 27 del Decreto Nº 2725 de fecha 26 de diciembre de 1991, el Decreto Nº 1095 de fecha 25 de agosto de 2004, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 607 de fecha 25 de agosto de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL determinar periódicamente el salario mínimo, vital y móvil.
Que conforme lo dispone el artículo 139 de la Ley Nº 24.013, el SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL garantizado por el artículo 14 bis de la CONSTITUCION NACIONAL y previsto por el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) será determinado por el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL teniendo en cuenta los datos de la situación socioeconómica, los objetivos del instituto y la razonabilidad de la adecuación entre ambos.
Que según lo dispuesto por el Artículo 137 de la Ley Nº 24.013, las decisiones del Consejo deben ser adoptadas por mayoría de DOS TERCIOS (2/3), consentimiento que se ha alcanzado expresamente en la sesión plenaria del día de la fecha.
Que el consenso obtenido en el ámbito del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, contribuye al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones y deberes conferidos por el artículo 5º, inciso 8, del Reglamento de Funcionamiento del Consejo aprobado mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617 del 2 de septiembre de 2004.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
RESUELVE:
Artículo 1º — Fíjase para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013, de:
A. A partir del 1º de agosto de 2006, en PESOS SETECIENTOS SESENTA ($ 760) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de TRES PESOS CON OCHENTA ($ 3,80) por hora, para los trabajadores jornalizados.
B. A partir del 1º de setiembre de 2006, en PESOS SETECIENTOS OCHENTA ($ 780) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de TRES PESOS CON NOVENTA ($ 3,90) por hora, para los trabajadores jornalizados.
C. A partir del 1º de noviembre de 2006, en PESOS OCHOCIENTOS ($ 800) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y de CUATRO PESOS ($ 4) por hora, para los trabajadores jornalizados.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.
Ver Listado Completo
-
ASIGNACIONES FAMILIARES - Se modifican Rangos, Topes y Montos - Decreto 1591/2008
hace 1 semana 11 horas en Legislación Nacional -
Se Traslada el Feriado Nacional del 12 de octubre - Ley 26.416
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Requisitos para el Portador de Armas de Fuego - Disposición 554/2008 Registro Nacional de Armas
hace 1 semana 3 días en Legislación Nacional -
Obligaciones de proveedores hacia los consumidores - Ley 2817
hace 1 semana 3 días en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Modificación del Reglamento de la Actividad Aseguradora - Res. 33463/2008 Superintendencia de Seguros de la Nación
hace 1 semana 3 días en Legislación Nacional -
Consultas al Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Bs. As. por Internet - Disposición Técnico Registral 5/2008
hace 2 semanas 2 días en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Aumenta el Salario Mínimo Vital y Móvil
hace 2 semanas 2 días en Legislación Nacional -
ANTENAS en los Consorcios - Resolución 1200/2008 del Defensor del Pueblo de la Ciudad
hace 2 semanas 2 días en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Información en la páginas web sobre el acceso a los datos personales - Disposic. 10/2008 Dir. Nac. de Protecc. de D.P.
hace 3 semanas 14 horas en Legislación Nacional -
Impuesto a las Ganancias, Modificación - Decr. 1426/2008
hace 3 semanas 6 días en Legislación Nacional
Ver Listado Completo
-
QUIERO TODA LA TIERRA MÁS EL 5 POR CIENTO (Cómo funciona el Sistema Monetario Financiero)
Escribe Redacción hace 5 días 7 horas -
La Invasión de las Antenas en los Centros Urbanos
Escribe Redacción hace 2 semanas 2 días -
El Encargado hace un Planteo Laboral
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 4 semanas 5 días -
CAZAR EN EL ZOOLÓGICO
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 6 semanas 5 días -
Nuevo Espacio de Participación: Encuestas Abiertas
Escribe Dra. Victoria Loisi hace 6 semanas 5 días -
DOS MODELOS DE PAÍS
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 12 semanas 5 días -
EL SUTERH: LA ILEGALIDAD Y LAS MENTIRAS
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 19 semanas 5 días -
Sobre la Sentencia a Favor del Consorcio en la Ejecución Fiscal iniciada por el Suterh
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 20 semanas 8 horas -
Ejecuciones de Expensas 2007 (Año Completo)
Escribe Redacción hace 20 semanas 5 días -
BUENAS NOTICIAS PARA LOS CONSORCIOS QUE DECIDEN NO DEPENDER DEL SUTERH: UN FALLO EJEMPLAR DE LA JUSTICIA
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 22 semanas 5 días
Sobre Nosotros
Quiénes Somos
Actividades Realizadas
Servicios
Descargar nuestro Proyecto de Reformas a la Ley 13.512
Preguntas Frecuentes
Comentarios o Sugerencias?
Reportar Errores, Inexactitudes o Incumplimentos a la Normativa publicada en la página
Actividades
Cursos Intensivos con Salida Laboral.
Cursos Presenciales
Cursos On Line
Información
Legislación
Artículos
Archivo de Noticias
Búsqueda por Temas
Directorio
Telefónica Gratuita
de 9 a 11 hs
Atención Personal
de 11 a 20 hs
(solicitar entrevista)
4811-9836
4816-5111
De Lunes a Viernes
Para todo el País
Accesos Directos
Links hacia la legislación consultada con mayor frecuencia
Legislación Nacional
Ley 13.512 de Propiedad Horizontal
Decreto 18734/49 Reglamentario Ley de P.H.
Convenio Colectivo de encargados
Escalas Salariales
Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
Decreto Reglamentario del Estatuto
Ley de Prehorizontalidad
Convenio Colectivo del Personal de Seguridad
Legislación de la Ciudad de Buenos Aires
Ley 257 de Mantenimiento de Balcones y Frentes
Ley 941 de Registro Público de Administradores
Reglamentación de la Ley de Registro de Administradores
Cronograma presentación DDJJ
Código de Edificación de la Ciudad
Provincia Buenos Aires
Compilado Countries y Barrios Cerrados
Ley 12.297 de Seguridad Privada
Estadísticas
Actualmente hay 154 artículos, 677 normas, 106 noticiasEn total 967 textos publicados.
Hay 2187 comentarios de nuestros lectores.
Primer sitio donde poder efectuar denuncias y opinar libremente sobre todos los temas que atañen a la Comunidad Urbana. No necesitas registrarte para comentar o votar los artículos. El sitio está íntegramente construído por la Comunidad.
[Proyecto en etapa beta]

Montevideo 764 piso 11 º - Ciudad de Buenos Aires
(54-011) 4811-9836 / (54-011) 4816-5111




Comentarios de los Lectores