La Impunidad

Imagen de Dra. Rita Lidia Sessa
04 Mar 2012
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Que es la impunidad? Es la falta de sanción, la carencia de castigo ante acciones u omisiones por las cuales diferentes normas establecen que son punibles, es decir que tienen una pena.

Sobre esa base conceptual me detengo a observar mucho accionar público ominosamente impune. Se olvida muchas veces que los funcionarios públicos son servidores del pueblo y no a la inversa.

El actuar privado tampoco le va en zaga. Los administradores de consorcios suelen olvidar que son mandatarios del consorcio y representantes de los propietarios (como señala la ley 13512) y deben actuar con el mismo celo que seguramente tienen para gerenciar su patrimonio personal.

Ante cualquier dificultad seria, convocar a asamblea se impone. Así los propietarios evaluarán el problema, debatirán y resolverán, luego de oír al administrador, sobre la mejor forma de lograr una solución. Esto hay que hacerlo antes que las dificultades no puedan ser remontadas ni los problemas solucionados.

Hay administradores que ante un riesgo serio – muchas veces derivado de su impericia, indolencia, apatía o desidia– tienen como salida renunciar.
Saben que una renuncia le garantiza una casi segura impunidad. Es un acto de impudicia extrema: huir, dejando al consorcio que los contrató a la deriva, sin que los propietarios sepan con claridad los pasos a seguir, optando muchas veces por hacer “borrón y cuenta nueva”.

No debe ser así.

Quien renuncia debe ser auditado, deben ser controladas las cuentas de su gestión consorcial y en su caso demandado o denunciado judicialmente.


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