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Formularios para la Renuncia Voluntaria al Subsidio - Disp. Conjunta 216/2011 y 733/2011 Subs. de Coord. y Control de Gestión y Subs. de Presupuesto

Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión y Subsecretaría de Presupuesto
SUBSIDIOS - Disposición Conjunta 216/2011 y 733/2011
Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio. Formularios.
SE ADJUNTA AL PIE EL TEXTO COMPLETO DE LA NORMA Y LOS MODELOS DE FORMULARIO PUBLICADOS EN SUS ANEXOS.

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Publicado en BO 12-12-2011

VISTO, el Expediente Nº S01:0441937/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, el Decreto Nº 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008, la Disposición Conjunta Nº 209 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y Nº 770 de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición Conjunta mencionada en el Visto, se recomendó la creación en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA y de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, todos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de un “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio”, para todos aquellos usuarios de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y provisión de agua potable que así lo soliciten en forma expresa y voluntaria, conforme la reglamentación que se dicte al efecto.

Que a los fines centralizar y unificar la información, este GRUPO DE TRABAJO entiende necesario consolidar la base de datos del “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio” en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que asimismo, y para utilizar criterios uniformes y homogéneos en la instrumentación de la renuncia que efectúen los usuarios, corresponde establecer instrumentos unificados a ser puestos a disposición de todos los usuarios por parte de las empresas prestadoras de los servicios.

Que las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Conjunta Nº 693 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y Nº 1900 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 2 de noviembre de 2011.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION Y
EL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO
DISPONEN:

Artículo 1º — Establécese que el “Registro de Renuncia Voluntaria al Subsidio” funcionará en el ámbito de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 2º — Apruébase el Formulario de “Renuncia Voluntaria al Subsidio” que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Disposición; el Formulario de “Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio” que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Disposición; el modelo de Nota de finalización del trámite de Renuncia que como ANEXO III forma parte integrante de la presente Disposición y el modelo de factura de servicio que como ANEXO IV forma parte integrante de la presente Disposición.
Los instrumentos que se aprueban por la presente, deberán estar a disposición de los usuarios por parte de las prestadoras de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y provisión de agua potable y desagües cloacales, en cada oficina comercial y/o sucursal y mediante su página Web.

Art. 3º — Solicítase a la SECRETARIA DE ENERGIA, al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA, a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, todos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y al CONSEJO FEDERAL DE ENERGIA ELECTRICA el dictado de las normas pertinentes, para que por sí o a través las distintas empresas distribuidoras o prestadoras de los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y agua potable, adopten las medidas necesarias para la implementación e instrumentación de lo establecido por la presente.

Art. 4º — Elévase la presente a los Señores Ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, para su conocimiento.

Art. 5º — Comuníquese, notifíquese y archívese. — Roberto Baratta. — Raul E. Rigo.

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La Dra. Rita Lidia Sessa es parte del Staff de Colaboradores de la Revista de Jubilaciones y Pensiones.

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