EL SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO PARA EL PERSONAL DE ENCARGADOS
![]() | Escribe Dra. Rita Sessa Opine sobre el artículo |
Fecha: 10 Abr 2009
2803 lecturas Versión para imprimir |
Todo trabajador en relación de dependencia –a partir del Decreto Nacional Nº 1567 del año 1974, debe estar cubierto por un seguro de vida obligatorio.
Ese seguro es independiente de todo otro seguro o beneficio que las leyes laborales o los convenios colectivos de trabajo, otorguen a los trabajadores.
Es decir: el seguro del decreto 1567/74 se debe pagar siempre, no obstante existir otras coberturas o indemnizaciones y es de imprescindible contratación para el personal dependiente del consorcio.
El REGLAMENTO actualizado de este seguro se puede leer en los Anexos de dos resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación, publicadas en el Boletín Oficial el mismo día (1-4-2009), a saber las Nº 33860 y 33877 (la segunda modifica la primera).
Sin perjuicio de observarse algunos errores, como en cuanto a la contratación del seguro para trabajadores menores, pues parece olvidado el texto de la Ley N° 26.390 B.O. 25/6/2008) que derogara los arts 192 y 193 de la Ley Nacional de Contrato de Trabajo (20744), resulta necesaria para los consorcistas la lectura de los dos anexos de las dos resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación precitadas.
Dichos anexos pueden descargarse a continuación:
Anexo 1 (Res. 33.860): Abrirlo en PDF, o descargarlo en formato zip
Anexo 2 (Res. 33.877): Abrirlo en PDF, o descargarlo en formato zip
Ver Listado Completo
-
Rechazan Amparo: Las Restricciones Horarias a los Boliches son Legales y proveen al Bienestar General
hace 5 días 21 horas en Novedades -
ATENCIÓN ADMINISTRADORES: Formulario para informar sobre Pólizas de Seguros en Vigencia - Disp. 230/2010 - DGDYPC
hace 1 semana 1 día en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
ATENCIÓN ADMINISTRADORES: Sobre los Seguros y la Declaración Jurada Patrimonial - Disp. 6013/2009 - DGDYPC
hace 1 semana 1 día en Legislación Ciudad de Buenos Aires -
Coeficientes de Actualización - Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones - Res. 130/2010 ANSeS - INCLUYE ANEXO
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Asignación Universal por Hijo para Protección Social - Libreta Nacional de Seguridad Social Res. 132/2010 ANSeS
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Sobre la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación
hace 1 semana 1 día en Novedades -
Obligaciones del Sistema de la Seguridad Social: Régimen de Graduación de Sanciones - Res. Gral. AFIP 2766/2010
hace 3 semanas 14 horas en Legislación Nacional -
TIERRA DEL FUEGO - Ley de Mediación 804
hace 3 semanas 14 horas en Legislación Provincial -
SAN LUIS - Se sanciona la ley de Mediación Judicial - Ley IV-0700-2009
hace 3 semanas 15 horas en Legislación Provincial -
AUMENTOS DE EXPENSAS: LA HORA DE LA VERDAD
hace 3 semanas 3 días en Novedades
Ver Listado Completo
-
Delitos en el Ámbito Consorcial
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 5 días 19 horas -
Las inundaciones en la Ciudad de Buenos Aires serían evitables
Escribe Redacción hace 1 semana 1 día -
Las próximas Paritarias y la Inflación
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 2 semanas 5 días -
ATENCION: LAS ESCALAS SALARIALES QUE DISTRIBUYE EL SUTERH EN LOS CONSORCIOS ESTAN EQUIVOCADAS (Nota 2)
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 3 semanas 6 días -
ALERTA ROJA ANTE UN NUEVO NEGOCIADO: ALÍ BABÁ Y LOS CUARENTA AMIGOS
Escribe Dr. Osvaldo Loisi hace 5 semanas 6 días -
La Institucionalización del Desorden
Escribe Dr. David Loisi hace 10 semanas 4 días -
Reflexiones sobre el Control de los Ascensores en la Ciudad de Buenos Aires a raíz de la reciente Resolución 594/2009
Escribe Redacción hace 10 semanas 4 días -
ATENCION: LAS ESCALAS SALARIALES QUE DISTRIBUYE EL SUTERH EN LOS CONSORCIOS ESTAN EQUIVOCADAS (Nota 1)
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 10 semanas 6 días -
Todo lo que hay que saber sobre la reciente reforma a la ley de Registro de Administradores
Escribe Dra. Victoria Loisi hace 11 semanas 2 días -
COOPERATIVAS DE TRABAJO EN EL CONSORCIO
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa hace 16 semanas 2 días
Sobre Nosotros
Quiénes Somos
Actividades Realizadas
Servicios
Descargar nuestro Proyecto de Reformas a la Ley 13.512
Preguntas Frecuentes
Comentarios o Sugerencias?
Reportar Errores, Inexactitudes o Incumplimentos a la Normativa publicada en la página
Actividades
Cursos Intensivos con Salida Laboral.
Cursos Presenciales
Cursos On Line
Información
Legislación
Artículos
Archivo de Noticias
Búsqueda por Temas
Directorio
De Administradores
Decálogo de Ética
Otros Proyectos de la
Liga del Consorcista
Telefónica Gratuita
de 8 a 11 hs
Atención Personal
de 11 a 20 hs
(solicitar entrevista)
4811-9836
4816-5111
De Lunes a Viernes
Para todo el País
Accesos Directos
Links hacia la legislación consultada con mayor frecuencia
Legislación Nacional
Ley 13.512 de Propiedad Horizontal
Decreto 18734/49 Reglamentario Ley de P.H.
Convenio Colectivo de encargados
Escalas Salariales 2008
Nuevos Aumentos 2009
Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
Decreto Reglamentario del Estatuto
Ley de Prehorizontalidad
Convenio Colectivo del Personal de Seguridad y Escalas 2009
Convenio Colectivo del Personal de Maestranza
Legislación de la Ciudad de Buenos Aires
Ley 257 de Mantenimiento de Balcones y Frentes
Ley de Registro Público de Administradores
Cronograma presentación DDJJ
Código de Edificación de la Ciudad
Provincia Buenos Aires
Compilado Countries y Barrios Cerrados
Ley 12.297 de Seguridad Privada
Comentarios de los Lectores
- Carlos (-)
- Carlos (-)
- Patricia (-)
- marcelo (-)
Estadísticas
Actualmente hay 192 artículos, 925 normas, 135 noticiasEn total 1282 textos publicados.
Hay 4777 comentarios de nuestros lectores.
Montevideo 764 piso 11 º - Ciudad de Buenos Aires
(54-011) 4811-9836 / (54-011) 4816-5111
Se hace saber a los usuarios y a la población en general, que
la Liga del Consorcista no posee filiales ni sucursales.









Conclusión a las resoluciones de la SSN
C. A. de Buenos Aires, 12/4/09
.
.
VISTO la Resolución N° 33.860, la Resolución N° 33.877 emanadas, ambas, por la Superintendencia de Seguros de la Nación (en siglas SSN) y,
.
CONSIDERANDO:
.
Que la resolución última mencionada en el visto, es decir, la 33.877 modicatoria de la primera, es decir, la 33.860.
.
Que la resolución mencionada en el párrafo anterior, es decir, también, la última mencionada en el visto, es decir, la 33.877 modificatoria de la última del párrafo anterior, es decir, a la primera del visto, es decir, la 33.860.
.
Que la misma, es decir, la mencionada en el visto, en el primer y el segundo párrafo, es decir, la 33.877 que fuera modificatoria y no derogatoria de la primera, es decir, la mencionada en el visto, en el primer y el segundo párrafo, es decir, la 33.860.
.
Que atento al párrafo anterior y, además, las menciones realizadas en el visto, el primer, el segundo y el tercer párrafo, resulta necesario realizar las conclusiones pertinentes a fin de su mejor interpretación.
.
Que en uso de la facultades constitucionales de la libre opinión.
.
Por ello,
.
EL SUSCRIPTO
.
RESUELVE:
.
Artículo 1° - Seáse serio SSN.
.
Artículo 2° - De forma - GA.-
SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO
Siendo el respondable del consorcio debo contratar ya
un seguro de vida obligatorio para el portero que trabaja
4 hs por dia?? lo puedo hacer con cualquier compania de se
guro privada?? aunque el portero sea jubilado de la provincia de bs.as. por otra actividad que desarrollaba antes?? desde ya muchas gracias
Comentarios sobre el artículo?
Ingréselos aquí