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A Propósito de las Próximas Fiestas: La Incultura del Ruido

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Fecha: 29 Dic 2002
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"... En nuestra opinión (y en la opinión de muchos) los ruidos son siempre molestos y en la esfera de la convivencia consorcial, deben ser siempre condenados. El ruido molesta siempre simplemente porque perturba la atención, desconcentra el entendimiento e impide reflexionar. Conspira contra el ejercicio de la prudencia, la cordura, la cautela, etc., virtudes que que son esenciales a la paz social..."


"Cuando observamos el modo en que la gente discute, por ejemplo, en las asambleas de propietarios, notamos los estragos que produce en la personalidad, un constante sometimiento al ruido..."

Sin perjuicio de las muchas cosas por las cuales la cultura norteamericana se hace admirable -o temible- hay una especialmente perniciosa y es la "cultura del ruido". A partir de la invención de los amplificadores y de los sonidos electrónicos, desde hace un siglo Estados Unidos se ha dedicado a esparcir por el mundo entero el mal gusto por el barullo ensordecedor. En esos verdaderos antros del desenfreno sonoro llamados "discos", gran parte de la juventud del mundo se entrega hoy a él con la misma fruición con que hace cien años se entregaba a la pasión de la religión, el arte, la filosofía o la política.


El ruido adormece los sentidos y se asocia fácilmente al consumo de drogas. La música llamada "psicodélica" es precisamente, eso: símbolo de esa unión de ruido y droga. Su nombre refiere a la alteración de la psiquis como producto final. El balón de espejos facetados, girando y descomponiendo la luz, que preside desde el techo aquellos locales bailables, crea una sensación de escape del yo. Una momentánea y liberadora sensación de adormecimiento que aleja del mundo y las responsabilidades cotidianas.


Lo triste de este fenónemo no es la popularización de esa especie de vuelta a la horda primitiva que representan esas personas saltando desenfrenadamente al compás de una música atronadora, sino que el común de la gente va perdiendo sensibilidad al exceso de sonidos, en general. Aquí y allá, en la intimidad o en público, pululan los vozarrones, las músicas a todo volumen y toda clase de bullicio que, al menos en Propiedad Horizontal, es hoy una de las grandes causas perturbadoras de la convivencia pacífica.


No pretendemos desarrollar aquí el gusto por el silencio ni evocar esa paz sonora que inundaba las casas de nuestros abuelos, capaz de abrir las puertas de la interioridad y la reflexión. Pero sí sería deseable recordar que vivir civilizadamente quiere decir, en definitiva, adoptar una conducta suficientemente reflexiva como para permitirnos discernir por nosotros mismos dónde terminan nuestros derechos y comienzan los derechos de los demás: nuestro derecho a embotar nuestros sentidos y el derecho de los demás a vivir en paz.


Es curioso que cuando entre nosotros se condena a los ruidos, siempre habla exclusivamente de "ruidos molestos", como si acaso existiesen ruidos que no lo fueran. En nuestra opinión (y en la opinión de muchos) los ruidos son siempre molestos y en la esfera de la convivencia consorcial, deben ser siempre condenados. El ruido molesta siempre simplemente porque perturba la atención, desconcentra el entendimiento e impide reflexionar. Conspira contra el ejercicio de la prudencia, la cordura, la cautela, etc., virtudes que que son esenciales a la paz social.


Cuando observamos el modo en que la gente discute, por ejemplo, en las asambleas de propietarios, notamos los estragos que produce en la personalidad, un constante sometimiento al ruido. Muchas personas levantan la voz sin darse cuenta, porque el contacto habitual con el griterío las ha ensordecido. Otras son precipitadas en el hablar o actúan como si hubiesen pedido el sentido de la objetividad. Lo mismo pasa afuera de los consorcios: los restaurantes y lugares públicos son cada vez más vociferantes y ensordecedores, al igual que las fiestas de casamiento y de acontecimientos familiares.




Es bueno recordar que nuestra legislación condena el ruido en varias disposiciones legales: La más general figura en el Código Civil. Se trata del art. 2618, que dice que las molestias que ocasionen determinados factores, entre ellos los ruidos y las vibraciones, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar, aún mediando autorización administrativa. También dice que según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la indemnización de los daños o la cesación de tales molestias......" Otra norma data del año 1948 y está incluída en la Ley de Propiedad Horizontal 13.512. Su art. 6 inc. b) prohibe a cada propietario y ocupante de piso o departamento perturbar con ruidos o de cualquier otra manera la tranquilidad de los vecinos. Y el art. 15 habla también de arresto, multa y aún de desalojo del infractor.


También es oportuno recordar que nuestro Código Civil contiene, en su art. 666 bis. una institución llamada "astreintes", que consiste en la aplicación de una multa diaria a todo aquél que se resistiere al cumplimiento de un deber impuesto por una resolución judicial, cuyo producido será en beneficio de quien ha sufrido el ruido molesto o la perturbación de que se tratare.


Es necesario tener presente que si bien todo ruido es en principio molesto, la legislación argentina sólo condena al ruido cuando resulta molesto según una sana apreciación judicial. Es así que aquél art. 2618 al que nos referíamos más arriba, agrega que "en la aplicación de esta disposición, el juez debe contemporizar las exigencias de la producción y el respeto debido al uso regular de la propiedad y la prioridad en el uso".


A veces, el juez prohibe lisa y llanamente determinada actividad cuando a su juicio el ruido que produce es intolerable para los vecinos. Otras veces, la limita.


Afortunadamente, en el mundo ya se advierte una tendencia seria a terminar con este verdadero flagelo social. Día a día aparecen nuevas instituciones académicas dedicadas a estudiar los graves efectos que la polución sonora produce en la salud humana, tales como desórdenes en el sueño, estrés y cáncer. También han aparecido numerosas asociaciones de vecinos que tienen por objeto reclamar de las autoridades acciones efectivas de prevención y castigo del exceso de ruido, a la vez que la sanción de leyes adecuadas.


Entre nosotros, si bien existen normas jurídicas que prohiben el ruido, no se advierte aún que el problema haya cobrado la atención que merece.


Ante el advenimiento de las próximas fiestas de Fin de Año, es bueno llamar a la reflexión no sólo acerca de los efectos adversos para la salud que produce el exceso de ruido, sino aún sobre la secuela de dolor que la pirotecnia trae aparejado todos los años.



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