Acceso a Discapacitados con Perros Guías a Espacios y Transportes Públicos
Ley 2510 - Perros guías - Personas con necesidades especiales - Accesos a espacios y transportes públicos de pasajeros (Se modifica la Ley N° 429)
87 lecturas
Versión para imprimir
Publicado en B.O.: 13-12-2007
Artículo 1° - Modifícase el artículo 1°, de la Ley N° 429, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1° - Se permite el acceso a todo espacio público o de acceso público y a todos los transportes públicos de pasajeros a toda persona con necesidades especiales, munida del correspondiente certificado de discapacidad, acompañada por un perro de asistencia."
Artículo 2° - Modifícase el artículo 2° de la Ley N° 429, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2° - Defínese como "perros de asistencia" a los utilizados por personas con necesidades especiales, adiestrados especialmente para el acompañamiento, la conducción y la ayuda de estas personas. Los mismos deberán estar registrados ante el organismo que determine la autoridad competente a través de la reglamentación. Dicho organismo será el responsable del control sanitario de los animales y tendrá a su cargo la entrega de un distintivo identificatorio del perro que deberá llevar colocado en lugar visible."
Artículo 3° - Modifícase el artículo 3° de la Ley N° 429, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 3° - El acceso de los perros de asistencia, en los términos establecidos en la presente ley, a los espacios públicos o de acceso público y a los transportes públicos de pasajeros, no generará gasto alguno por este concepto para la persona con necesidades especiales a quien el perro acompañe."
Artículo 4° - Modifícase el artículo 4° de la Ley N° 429, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4° - Quien transgreda lo dispuesto en la presente Ley será sancionado según el Régimen de Faltas vigente- Ley N° 451".
Artículo 5° - Modifícase el artículo 4.1.10, "TRASLADO DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES", del Libro II, Sección 4ª, Capítulo I, "Actividades lucrativas no permitidas o ejercidas en infracción" de la Ley N° 451, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"4.1.10: ACCESO, PERMANENCIA O TRASLADO DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES. El/la que impidiere o dificultare de cualquier modo el ingreso y/o permanencia a todo espacio público o de acceso público a las personas con necesidades especiales, o que usen sillas de ruedas o aparatos ortopédicos, o que se desplacen con perros de asistencia, debidamente identificados como tales, y el/la titular y/o responsable de un vehículo afectado al servicio de taxis, remises o transporte público de pasajeros que se niegue a su traslado, y/o que cobrare o pretendiese cobrar diferencias dinerarias al titular del perro de asistencia por aquel acceso o traslado, es sancionado/a con multa de 200 a 2.000 unidades fijas y/o inhabilitación y/o clausura del establecimiento".
Artículo 6° - Comuníquese, etc. de Estrada - Bello
DECRETO N° 2.043
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.510, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 15 de noviembre de 2007. Dese al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a los Ministerios de Derechos Humanos y Sociales, de Planeamiento y Obras Públicas y de Gobierno .
El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Derechos Humanos y Sociales, de Planeamiento y Obras Públicas y de Gobierno. TELERMAN - Abboud - Schiavi - Gorgal
Espacio de Publicidad:
Ver Listado Completo
-
Impuesto a las Ganancias - Res. Gral. AFIP 2437/2008
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Formulario de Reempadronamiento de Armas de Fuego
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Se Crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial - Ley 26.363
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Prevención y Sanción de la Trata de Personas - Ley 26.364
hace 1 semana 1 día en Legislación Nacional -
Pautas de Aplicación para pagar los Aumentos del Decr. 279/2008 - Res. 298/2008 ANSES
hace 2 semanas 8 horas en Legislación Nacional -
Cronograma para la presentación de la Declarac. Jurada (DDJJ) años 2006 y 2007 - Registro Público de Administradores
hace 2 semanas 8 horas en Novedades -
Procedimiento para la Modificación de Datos Filiatorios - Res. ANSES 316/2008
hace 2 semanas 8 horas en Legislación Nacional -
Acceso a la Información Pública: Trámite para hacer denuncias por Incumplimiento
hace 2 semanas 8 horas en Legislación Nacional -
Prórroga de la Mediación
hace 2 semanas 8 horas en Legislación Nacional -
Incorporación al SUAF: Res. 292/2008 ANSeS
hace 3 semanas 1 día en Legislación Nacional
Ver Listado Completo
-
BUENAS NOTICIAS PARA LOS CONSORCIOS QUE DECIDEN NO DEPENDER DEL SUTERH: UN FALLO EJEMPLAR DE LA JUSTICIA
Escribe Dr. Osvaldo Loisi en hace 1 semana 1 día -
Para Disfrutar
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa en hace 1 semana 1 día -
Algunas aclaraciones sobre el SUAF y la posibilidad de ingreso a dicho sistema por parte de los Consorcios
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa en hace 3 semanas 1 día -
A propósito de los Aumentos Salariales Año 2008 para el Personal que Trabaja en el Consorcio
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa en hace 3 semanas 1 día -
Cálculo de Aumentos de Expensas
Escribe Dr. Osvaldo Loisi en hace 4 semanas 2 días -
Iº Congreso Internacional de Derecho Condominial. La Liga del Consorcista Participó Representando a la Argentina
Escribe Dr. Osvaldo Loisi en hace 4 semanas 6 días -
Acerca del Desarrollo Edilicio en la Ciudad de Buenos Aires
Escribe Arq. Enrique Viola en hace 5 semanas 6 días -
Propuestas Concretas de la Liga del Consorcista para la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Escribe Dr. Osvaldo Loisi en hace 6 semanas 4 días -
Diálogos sobre el Encargado de Edificios - Parte II
Escribe Dra. Rita Lidia Sessa en hace 11 semanas 4 días -
Diálogos sobre el Encargado de Edificios - Parte I
Escribe Arq. Enrique Viola en hace 11 semanas 4 días
Sobre Nosotros
Quiénes Somos
Actividades Realizadas
Servicios
Descargar nuestro Proyecto de Reformas a la Ley 13.512
Preguntas Frecuentes
Comentarios o Sugerencias?
Reportar Errores, Inexactitudes o Incumplimentos a la Normativa publicada en la página
Actividades
Cursos Intensivos con Salida Laboral.
Cursos Presenciales
Cursos On Line
Información
Nuestro Manual
"Todo Sobre Consorcios"
Ir a las actualizaciones
Biblioteca
Legislación
Artículos
Archivo de Noticias
Búsqueda por Temas
Directorio
Telefónica Gratuita
de 9 a 11 hs
Atención Personal
de 11 a 20 hs
(solicitar entrevista)
4811-9836
4816-5111
De Lunes a Viernes
Para todo el País
Accesos Directos
Links hacia la legislación consultada con mayor frecuencia
Legislación Nacional
Ley 13.512 de Propiedad Horizontal
Decreto 18734/49 Reglamentario Ley de P.H.
Convenio Colectivo de encargados
Escalas Salariales
Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
Decreto Reglamentario del Estatuto
Ley de Prehorizontalidad
Convenio Colectivo del Personal de Seguridad
Legislación de la Ciudad de Buenos Aires
Ley 257 de Mantenimiento de Balcones y Frentes
Ley 941 de Registro Público de Administradores
Reglamentación de la Ley de Registro de Administradores
Cronograma presentación DDJJ
Código de Edificación de la Ciudad
Provincia Buenos Aires
Compilado Countries y Barrios Cerrados
Ley 12.297 de Seguridad Privada
Estadísticas
Actualmente hay 145 artículos, 623 normas, 103 noticiasEn total 901 textos publicados.
Hay 1659 comentarios de nuestros lectores.
Montevideo 764 piso 11 º - Ciudad de Buenos Aires
(54-011) 4811-9836 / (54-011) 4816-5111



Comentarios de los Lectores