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Ejecuciones de Expensas 2007 (hasta sep. 07)

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Redacción
6315 lecturas
Fecha: 20 Oct 2007
Opine sobre el artículo al pie.

La Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal informa los juicios iniciados por Consorcios por Ejecución de Expensas, en Juzgados Civiles de Capital Federal de Febrero a Septiembre 2007.


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¿Cuanto tiempo se puede retener un dinero depositado en el juzgado por el pago de un seguro de accidente?. Lleva depositado desde julio del pasado año. Gracias

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An Maria (-)
hace 51 semanas 2 días

Hay un depto que tiene una deuda, le iniciamos juicio. ¿cuanto dura ese tramite? ¿que quiere decir iniciarle juicio? ¿la familia que vive allí que pasa se va, las acciones del juicio recaen sobre la propiedad o sobre lo que esté en la propiedad? ¿si llegan a un acuerdo de pagos, ese copropietario puede hacerlo iniciado el juicio?
Todo esto porque en concreto un juicio es costoso y vamos a tener que suplir lo que ese dpto no paga en expensas y después no nos va a llegar el mismo dinero que invertimos todos los consorcistas.
Gracias.

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Paseo (-)
hace 3 años 31 semanas

NECESITO SABER COMO SE ACTIVA UN JUICIO POR EXPENSAS EN UN BARRIO CERRADO QUE TIENE COMO FIGURA LEGAS UN FIDEICOMISO DE LOS CUALES LOS INTEGRANTES POSEEMOS UN DERECHO DE USUFRUCTO SOBRE LO CONSTRUIDO EN NUESTRAS PARCELAS, EN TEORIA NOS VEMOS ENCUADRADO SEGUN EL ESCRIBANO DENTRO DE LA LEY 13.512 DE PROPIEDAD HORIZONTAL, COSA QUE JAMAS PODREMOS TENER PORQUE CATASTRO JAMAS APROBARIA EL PLANO PORQUE SUFRE DE ENORMES ERRORES DE CONSTRUCCION, SON RESPETA MEDIDA DE LOTES, LA PRIMERA CONSTRUCCION ESTA HECHA A MENOS DE 50 METROS DEL RIO, NO POSEEMOS CALLES PERIMETRALES Y ASI ES INTERMINABLE.
LOS MOROSOS CREO QUE LO TIENEN MAS QUE CLARO Y SIGUEN SIN PAGAR Y NOS ES INSOSTENIBLE LA SITUACION, INCLUSIVE LA POSIBILIDAD DE VENDER YA QUE LAS EXPENSAS SON ALTAS PARA LO QUE EL PREDIO OFRECE,
ME DESPIDO QUEDANDO A LA ESPERA DE SU PRONTA RESPUESTA Y AGRADECIDA DESDE YA.

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Usuario Anónimo (-)
hace 3 años 46 semanas

Quisiera saber si siendo propietaria de un departamento puedo iniciar el juicio ejecutivo por cobro de expesas de otros propietarios que adeudan durante varios meses, sin necesidad de que se haga el juicio con intervencion del consorcio o la administracion. Es decir presentarme yo como actora.
Muchas gracas

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Usuario Anónimo (-)
hace 4 años 8 semanas

PORQUE ES TAN LENTA LA JUSTICIA CON LOS DEUDORES DE EXPENSAS? QUE PASARIA SI NADIE PAGASE NADA ? NO FUNCIONARIA UN EDIFICIO , NO SE LE PAGARIA AL PORTERO , NO SE PAGARIAN LOS HONORARIOS DE LA ADMINISTRACION ,NO SE PODRIA ARREGLAR NADA NI SIQUIERA LAS URGENCIAS, ENTONCES CON ESE CRITERIO QUE NO SE ARREGLEN LOS ASCENSORES, LOS BALCONES ,PERO ESO SI , SI PASA ALGO EL CONSORCIO TIENE QUE ENFRENTAR UN JUICIO , AL FINAL TODO RECAE EN EL QUE PAGA PORQUE MUCHO DE LOS DEUDORES QUE ESTAN EN MI EDIFICIO SIGUEN GOZANDO DE SUS VACACIONES AFUERA , SE COMPRAN AUTOS , ETC, SIN EMBARGO SIGUEN UTILIZANDO LOS SERVICIOS DEL CONSORCIO Y SON LOS PRIMEROS EN QUEJARSE CUANDO SE ROMPE ALGO
PORQUE NO HACEN ALGO PARA AGILIZAR LOS JUICIOS ? PORQUE NO LOS HACEN FIGURAR EN EL VERAZ? QUE NI SIQUIERA PUEDAN SACAR UN ELECTRODOMESTICO , ENTONCES VAMOS A VER COMO AHI LOS DEUDORES SE PREOCUPAN PARA PONERSE AL DIA
SALUDOS

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LAURA G (-)
hace 4 años 10 semanas

Buenos dias.
Quisiera saber como surge el calculo de la cantidad de expedientes en los juzgados de capital.
Imagino que deben ser muchos mas.
¿es una fuente veraz o es un estimado?
Gracias

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Usuario Anónimo (-)
hace 4 años 13 semanas

Buenos dias. quiero consultarle dos cosas, 1º si es cierto que el certificado libre de expensas que se le pide al administrador se debe pagar y en tal caso cuanto....y 2º y mas delicado, tenemos una administracion provisoria llevada por un vecino desde hace ya un tiempo y no podemos destituirla porque no llegamos a la mayoria. Mi tema es que como somos solidariamente responsalbles de cualquier cosa que pase, y pueden llegar a embargar uno departamentos incluso el mio, me gustaria saber que medidas debo tomar para cubrirme, ya que es imposible conciliar con ellos, si bien habia empezado bien la administracion ahora ya es una monarquia y no hay reuniones ni rendiciones, pero igual pago las expensas porque mi idea es vender lo antes que pueda. La cuestion es que temo que cuando quiera vender, y lo saque de bien de familia pueda llegar a tener algun embargo o problema por lo que se adeuda a afip y demas. Le recuerdo que mi pregunta es como puedo protegerme como propietaria(que no logra la mayoria) para futuras complicaciones, y aclaro que tengo el pago al dia, pero es todo casero como le dije. Desde ya muchas gracias, espero me responda porque estoy desesperada al respecto. Muchisimas gracias, y si necesita algun dato mas o algo mas por favor no lo obvie y desde ya le doy las gracias por responderme.

Atte.

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Silvia. (-)
hace 4 años 13 semanas

Desde hace 10 años tenemos un juicio por expensas de un depto en nuestro edificio. Al propietario le dictar la quiebbra nuestro causa fue atraida por el juzgado que lleva adelante la quiebra, hace 13 meses el depto fue subastado, todavia estamos esperando que nos entreguen lo que nos corresponde, que son las expensas por 12 años mas si tenemos suerte los intereses que han sido disminuidos por el sindico para que puedan cobrar todos los acreedores, abogados etc.
Mientras tanto nosotros seguimos pagando expensas caras para poder mantener el edificion en pie. Encima cuando nos paguen de ese misero dinero que nos entreguen debemos pagarle al abogado que nos llevo la causa, no deberia ser a cargo del deudor. En fin mi conclusion es que la justicia no existe.
O por lo menos no es justa. Si el consorcio no cumple con las reglamentaciones nos sancionan, quien sanciona a los que no hacen lo que deben para que podamos cobrar los nuestro. El dinero esta depositado en la cuenta del Juzgado Nº 19 secretaria 38. Los propietarios son la mayoria jubilados, que el dia 2 de cada mes cumplen regulamente con el pago de sus expensas.
Gracias.

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Usuario Anónimo (-)
hace 4 años 13 semanas

Pertenesco a los propietarios que cumplen con el pago de las expensas y vivo en un barrio otorgado por el IPV, en el año 1982, de edificios horizontales comprendido dentro de la ley de consorcios y reglamentos interno, el 42% abona como corresponde , el resto no cumple con el pago , deben a la administracion $452000 el estado municipal envia flias a habitar dtos , como asi el IPV ,otorga dtos que retiraron , estas flias tampoco pagan las expensas, ante este panorama, que pasos ahi que seguir ,,,,,,, el grave problema que los administradores no pueden mantener , las extruturas y paseos, como el mantenimiento general, hoy es un barrio degrado por la extrutura , como tambien socialmente , pedimos un consejo , legal a seguir ,,,, agradesco la informacion y saluda atte ,Bartlesio

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bartlesio (-)
hace 4 años 13 semanas

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La Dra. Rita Lidia Sessa es parte del Staff de Colaboradores de la Revista de Jubilaciones y Pensiones.

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