Primer Centro de Orientación de la Familia Urbana ................................. Fundada en 1996
El actual sistema de paritarias de Encargados de la Propiedad Horizontal es vergonzoso y abusivo, por los siguientes motivos:
  • Cuando al Gremio de Encargados se le ocurre se reúne con tres asociaciones de “Administradores” para fijar a su antojo nuevos aumentos y privilegios para el personal de Encargados.
  • Esos acuerdos originan incrementos de expensas que hoy se han hecho intolerables para gran parte de los consorcistas.
  • Las mencionadas reuniones se llevan a cabo en secreto, jamás consultan a quienes deben pagar esos aumentos, ni permiten control alguno de lo que negocian ni jamás han rendido cuentas.
  • No se interesan en absoluto por la situación de aquellos consorcistas jubilados, pensionados o que viven de haberes mínimos.
  • Los acuerdos suelen contener a menudo, ciertas trampas disimuladas en su texto, siempre encubriendo privilegios o ventajas en favor del gremio.
  • En esas supuestas negociaciones, nada se exige a los trabajadores. Sólo se tratan sus peticiones.
  • Hay personas que deben vender sus departamentos por no poder pagar expensas tan altas.
  • El Ministerio de Trabajo debe reglamentar democráticamente la participación de los consorcios en esas paritarias y dejar de mirar para otro lado.

Delitos en el Ámbito Consorcial


Lamentablemente en muchos consorcios surgen a veces problemas graves, tipificados legalmente como delitos. Alguno, como el robo, debe ser denunciado en la seccional policial bajo cuya jurisdicción se encuentra el edificio. Otros delitos han sido transferidos a la jurisdicción y competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Para estos delitos, el Ministerio Público Fiscal de la CABA tiene la Oficina Central Receptora de Denuncias (OCRD), creada en el año 2007por Resolución FG 82/07, donde se efectúan denuncias.




Debe descargar el formulario, completarlo y enviarlo por correo electrónico al registro: segurosadministradores@buenosaires.gov.ar. También puede descargar el formulario y la Declaración Jurada desde la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Ver también la Disp. 6013/2009 - DGDYPC

Las inundaciones en la Ciudad de Buenos Aires serían evitables


Si bien el Arq. Osvaldo Guerrica Echevarría explica detalladamente cada uno de los siguientes puntos, en pocas palabras, las inundaciones son provocadas a raíz de:
a) alejamiento de la desembocadura de los arroyos (ahora entubados) por efecto de la realización de rellenos costeros.
b) reducción de espacios verdes a través del siglo XX.
c) construcción de estacionamientos subterráneos debajo de espacios verdes públicos (eliminación de absorción).
d) construcción indiscriminada; eliminación del “pulmón de manzana” absorbente.
e) construcción indiscriminada; torres con fundaciones a 40 m de profundidad; endicamiento de la napa freática.
f) elevación del nivel de las calzadas por sucesivas repavimentaciones.
g) barreras físicas entre zonas inundables y terrenos absorbentes; paredones del ferrocarril.
h) construcciones clandestinas sobre terrenos absorbentes: edificios y playas de estacionamiento en el Hipódromo de Palermo.


Las próximas Paritarias y la Inflación


Se están por firmar acuerdos paritarios, es decir acuerdos donde quienes firman, se colocan a la par, parejos. Los firmantes son, por un lado, los trabajadores de determinado sector –agremiados– y por el otro las empresas de ese sector.
Los acuerdos paritarios están destinados a alivianar la situación de quienes son normalmente los más débiles en la relación de trabajo, es decir: los trabajadores.
No obstante, se ventilan en ellos cuestiones que son ajenas a los acuerdos entre patronos y empleados como es la depreciación del valor de la moneda, pues son de resorte exclusivo del poder administrador de la República: el Poder Ejecutivo.


ATENCION: LAS ESCALAS SALARIALES QUE DISTRIBUYE EL SUTERH EN LOS CONSORCIOS ESTAN EQUIVOCADAS (Nota 2)


Con toda picardía y falta de seriedad el gremio de encargados ha distribuido en los consorcios una planilla salarial –como ya hemos dicho-, errada. La paritaria publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 27–7–2009 lo autoriza a hacerlo, pero no con los valores que ha circularizado en los edificios. Algunos administradores –quiero creer que sorprendidos en su buena fe– lo han dado por cierto y lo han pagado.
[...] Es decir el punto 1.- establece el aumento de $ 380 para los trabajadores permanentes o de jornada completa (8 horas) y fija la proporcionalidad para los no permanentes o de media jornada (4 horas), para los jornalizados y para los suplentes. Estipula que sobre esa base se confeccionarán las escalas salariales de diciembre y los plus.


Reflexiones sobre el Control de los Ascensores en la Ciudad de Buenos Aires a raíz de la reciente Resolución 594/2009


Leemos que en el artículo 3º de la Res. 594/2009 AGC se dispone que "... incumplida la obligación del Conservador [de ascensores] de presentarse ante el Departamento de Elevadores, [...] [el consorcio] deberá designar a un profesional independiente a fin de ejercer la representación técnica del mismo, evaluar el estado de la instalación, adecuar la misma a la reglamentación vigente..." Es decir, que un incumplimiento de la empresa conservadora controlada por la ciudad, generará gastos para el Consorcio.
Este procedimiento es otra muestra de la ineptitud histórica mostrada por la Ciudad para hacer cumplir las normas que ella misma impone.


ATENCION: LAS ESCALAS SALARIALES QUE DISTRIBUYE EL SUTERH EN LOS CONSORCIOS ESTAN EQUIVOCADAS (Nota 1)


Todos hemos leído la paritaria publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 27-7-2009, la última celebrada. Violentando el mismo texto del CCT Nº 378/2004 (art. 2º), este sindicato, ha instrumentado un sistema confuso que le permitiría cambios salariales tres veces por año. De tal suerte, ha distribuido escalas salariales incomprensibles, no ajustadas a la paritaria y con valores antojadizos.



Todo lo que hay que saber sobre la reciente reforma a la ley de Registro de Administradores


El Vientre Legislativo (1832) Honoré DaumierEl Vientre Legislativo (1832) Honoré Daumier La reciente reforma a la ley de registro público de administradores ha creado bastante expectativa entre todos aquellos que vivimos o trabajamos en Consorcios de la Ciudad de Buenos Aires. Dado que la norma ha sido recientemente publicada pero todavía no ha sido reglamentada, no está dicha aún la última palabra sobre cómo se implementará y si estas modificaciones transformarán al Registro en un espacio útil a la comunidad urbana, o no. Nuestro propósito es informar a la comunidad, brevemente, sobre aquellas modificaciones al régimen vigente sancionadas que no dependen de una reglamentación para poder ponerse en práctica inmediatamente.

ASAMBLEAS SOBERANAS


Se dice con razón de las asambleas de consorcios, que son soberanas. Ello quiere decir que no reconocen ninguna autoridad superior a ellas, dentro del Condominio. O, dicho de otra manera: que son el órgano superior de gobierno de un Consorcio. Las consecuencias prácticas de su soberanía, son varias y muy importantes: Por lo pronto, cuando quien preside la asamblea tiene dudas sobre la validez o invalidez de alguna carta-poder exhibida por algún asistente, es la propia reunión, por simple mayoría de votos presentes, quien debe decidir en definitiva. Lo mismo acontece con las impugnaciones [...]

Videosesión: Qué hacer ante los Ruidos Molestos en el Consorcio


Entrevista realizada a la Dra. Rita Lidia Sessa en Mayo de 2009 por Canal 26, sobre los problemas de Ruidos Molestos en el Consorcio.
A continuación la VideoSesión con los elementos más relevantes de la nota.
Duración de la VideoSesión: 05:03 minutos


¿SE PUEDE VENDER O ALQUILAR LA VIVIENDA DEL ENCARGADO?


El aumento de las expensas suele poner en jaque a la economía de los propietarios, muchas veces jubilados, pensionados o familias con serias dificultades económicas. El consorcio tiene personal que se lleva – en promedio – el 60% del gasto total del edificio, tal y como estadísticamente lo hemos señalado desde esta Fundación y ha sido reconocido públicamente por el gremio de Encargados. A esa erogación, en muchos casos hay que agregarle otros suplementos, como ser, la totalidad o una parte de las facturas de luz, gas o teléfono que consumen el empleado y su familia. Es por eso que, en procura de abaratar costos, en ciertos edificios se decide despedir al personal que ocupa la vivienda y alquilar o vender la misma. ¿Es esto posible?

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